Tuesday, March 29, 2016

PROTECCION AL CONSUMIDOR

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR) es el organismo llamado a ejecutar un régimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario en nuestro país que garantice la equidad y la seguridad jurídica en sus relaciones con los proveedores de bienes y servicios.

Creado por la Ley no. 358 en el año 2005, PROCONSUMIDOR es una de las oficinas públicas más activas a nivel mediático con empleados que son muy rápidos en anunciar casos. Sin embargo, a pesar de todo lo que se dijo del salami, del azúcar, ahora de los medicamentos y tantas cosas más que lesionaron grandemente (y en ocasiones injustificadamente) importantes sectores empresariales del país, la institución brilla por sus ausencia en la resolución de ciertos tipos de abusos específicos que la ley no excluye pero que PROCONSUMIDOR ha decidido no perseguir.

Por ejemplo, en ningún lugar de la ley se exceptúa del radio de acción de la institución vigilar y tomar medidas para frenar los daños al consumidor que causan algunas poderosas empresas telefónicas.  Sin embargo, cuando uno intenta hacer una denuncia ante PROCONSUMIDOR por un caso de esta naturaleza, se lavan las manos y fríamente refieren al Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (INDOTEL).

Tampoco hay tanta proactividad e ímpetu en las autoridades del organismo en cuestión en lo relativo a la inmensa cantidad de ofertas engañosas y falsos especiales que constantemente son anunciados por grandes tiendas y supermercados. Nada se ha hecho para perseguir y sancionar el cobro de servicios no brindados como el suministro de energía eléctrica. No se ha jugado un rol activo en atacar lesivos pero habituales contratos de adhesión. Y definitivamente no se han tomado medidas conducentes a la aplicación de las leyes para impedir las condiciones que dan lugar a la generación y sostenimiento de monopolios que degeneran en abusos de posiciones dominantes y con ello a su vez en excesiva fijación de precios en perjuicio directo del consumidor.

No hay dudas de que la protección al consumidor tiene gran importancia por el impacto que ello conlleva en la calidad de vida de las personas. Dicha protección, sin embargo, debe llevarse a cabo mediante mecanismos efectivos y verdaderamente conducentes a resolver los problemas e injusticias y no simplemente a enriquecer y adornar discursos.

Hablar de proteger al consumidor, por tanto, no debe tratarse de propuestas demagógicas, sino de lograr el cumplimiento de normas que pretenden un libre comercio saludable para evitar abusos reales.

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